Actualizado al 09 de Diciembre de 2022

Lugar de las sesiones del H. Ayuntamiento de San Juan de los Lagos:

Las sesiones H. Ayuntamiento de San Juan de los Lagos se realizan en el Salón del Pleno ubicado en la calle Simón Hernández #1, Planta alta, Colonia Centro

Actas de las sesiones de Cabildo y órdenes del día (Actualizadas)

Convocatoria a Sesiones del H. Ayuntamiento 

Enlace para entrar a Ordenes del día

(Reglamento de las sesiones del H. Ayuntamiento de San Juan de los Lagos)

Artículo 4.-

El H. Ayuntamiento en Pleno funcionará en sesiones de carácter públicas y abiertas, cuya naturaleza será ordinaria, solemne o extraordinaria, según lo determine éste y la convocatoria, que al efecto emita el Presidente o Presidenta Municipal, de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, y,  excepcionalmente, en casos fortuitos o de fuerza mayor sesionará a distancia empleando medios telemáticos, electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología.

Las sesiones que realice el H. Ayuntamiento de manera no presencial, a distancia o en línea, se entenderán como realizadas en el salón de sesiones de la presidencia municipal.

El orden del día y los documentos a tratar en las sesiones ordinarias, deben entregarse a las regidoras y los regidores con la anticipación debida, de conformidad con lo que dispone la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y el presente Reglamento.

Artículo 12.-

Es punto de acuerdo toda aquella resolución que verse sobre asuntos de carácter interno del H. Ayuntamiento o de la Administración Pública Municipal, así como aquellas que tengan como fin emitir una posición política, económica, social o cultural por parte del H. Ayuntamiento respecto de asuntos de interés público.

            Con objeto de que las regidoras y los regidores conozcan con antelación el contenido de los puntos de acuerdo que habrán de someterse a su consideración, deberá distribuirse por el promovente a todos los y las integrantes del H. Ayuntamiento y a la Secretaría General del H. Ayuntamiento una copia de los mismos, al menos con setenta y dos horas de días hábiles antes de su presentación en la sesión que se pretenda sean discutidos, lo cual deberá hacerse en formato digital y/o archivo electrónico, sirviendo para ello como acuse de recibido, el registro de correo electrónico enviado con documento adjunto que se obtenga del envío del promovente a las cuentas de correo electrónico oficiales.

Artículo 18.-

  1. Las sesiones que celebre el Ayuntamiento son convocadas por el Presidente Municipal.
  2. Cuando por cualquier circunstancia, el Presidente Municipal no cite a sesión en los términos del párrafo anterior, pueden hacerlo en cualquier momento cualquiera de los integrantes del Ayuntamiento con los términos del articulo 50 frac. III, Ley de Gobierno y administración pública Municipal siempre y cuando la convocatoria se entregue a cada uno de los integrantes del Ayuntamiento con setenta y dos horas de anticipación a la fecha en que deba celebrarse.
  3. Invariablemente, con setenta y dos horas de anticipación a la realización de la sesión, la Secretaría General debe entregar a los integrantes del Ayuntamiento, el orden del día incluyendo los dictámenes correspondientes.
  4. Lo señalado en el párrafo segundo no se aplica en el supuesto de sesión extraordinaria, la cual puede verificarse en cualquier momento, siempre y cuando previamente sean notificados los integrantes del Ayuntamiento.